La formación bonificada es una de las herramientas de financiación más infrautilizadas por las empresas españolas. En 2026, FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo) sigue ofreciendo a las empresas la posibilidad de formar a sus trabajadores con cargo a las cuotas de formación profesional que ya abonan a la Seguridad Social.
Sin embargo, la mayoría de las empresas no aprovechan este crédito. Las razones más frecuentes: desconocimiento del proceso, confusión con los plazos y temor a incumplir los requisitos.
En esta guía se recoge de forma estructurada toda la información necesaria para aprovechar la formación bonificada en 2026.
Nota: La información contenida en esta guía se ha elaborado a partir de fuentes oficiales de FUNDAE y normativa vigente. No obstante, dado que los porcentajes y condiciones pueden actualizarse mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado o nuevas disposiciones, se recomienda verificar siempre los datos en el portal oficial de FUNDAE antes de tomar decisiones.
¿Qué es la formación bonificada?
Es formación para trabajadores asalariados que se financia, total o parcialmente, con cargo al crédito de formación que cada empresa tiene disponible anualmente.
Funcionamiento:
- Todas las empresas con trabajadores asalariados cotizan a la Seguridad Social una cuota de formación profesional
- FUNDAE gestiona esos fondos y asigna un crédito formativo anual a cada empresa
- Las empresas pueden aplicar ese crédito para bonificarse en las cuotas de la Seguridad Social el coste de la formación impartida a sus trabajadores
- Cuando se gestiona correctamente, parte del coste de la formación puede bonificarse con cargo al crédito disponible
No es:
- Una subvención directa ni un regalo
- Formación sin requisitos administrativos
- Un proceso automático: requiere comunicación previa, justificación y seguimiento
¿Cuánto crédito formativo tiene tu empresa?
El crédito de formación se calcula aplicando un porcentaje de bonificación sobre la cuantía que la empresa ingresó el año anterior en concepto de cuota de formación profesional a la Seguridad Social. Ese porcentaje varía en función del tamaño de la plantilla.
Porcentajes de bonificación por tamaño de empresa (2026)
| Tamaño de Empresa | Porcentaje de Bonificación |
|---|---|
| 1-5 trabajadores | Crédito mínimo de 420 euros |
| 6-9 trabajadores | 100% de lo cotizado |
| 10-49 trabajadores | 75% de lo cotizado |
| 50-249 trabajadores | 60% de lo cotizado |
| 250 o más trabajadores | 50% de lo cotizado |
Todas las empresas disponen de un crédito mínimo de 420 euros, independientemente de su tamaño o fecha de creación.
Además, las empresas que incorporen nuevos trabajadores (por apertura de nuevos centros de trabajo o por nueva creación) dispondrán de un crédito adicional de 65 euros por cada nuevo trabajador.
Fórmula de cálculo
El crédito se obtiene así:
Crédito = Cuota de formación profesional del año anterior x Porcentaje de bonificación
La cuota de formación profesional se calcula sobre la "Base de Otras Cotizaciones" aplicando el tipo del 0,7%.
Cofinanciación privada obligatoria
Las empresas con más de 5 trabajadores deben asumir un porcentaje de cofinanciación privada sobre el coste total de la formación:
| Tamaño de Empresa | Cofinanciación Obligatoria |
|---|---|
| 1-5 trabajadores | Exentas |
| 6-9 trabajadores | 5% |
| 10-49 trabajadores | 10% |
| 50-249 trabajadores | 20% |
| 250 o más trabajadores | 40% |
La cofinanciación no se exige acción por acción, sino sobre el total del crédito consumido al cierre del ejercicio. Puede satisfacerse a través de los costes salariales de los trabajadores que reciben la formación durante su jornada laboral.
Ejemplo práctico
Empresa de 30 trabajadores cuya cuota de formación profesional del año anterior fue de 8.400 euros:
- Porcentaje aplicable: 75%
- Crédito disponible: 8.400 x 0,75 = 6.300 euros
- Cofinanciación privada obligatoria: 10% (630 euros, que puede cubrirse con coste salarial)
- Crédito mínimo garantizado: 420 euros (en este caso, el cálculo ya lo supera)
Esa empresa puede bonificarse hasta 6.300 euros en formación para sus trabajadores.
Requisitos para acceder
Para poder bonificar la formación, la empresa debe cumplir los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
- Tener trabajadores asalariados en el Régimen General que coticen por formación profesional
- Comunicar el inicio de la formación a FUNDAE con al menos 2 días naturales de antelación (plazo vigente desde las medidas extraordinarias de 2020, prorrogado sucesivamente y aplicable en 2026)
- Informar a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) sobre el plan formativo con carácter previo, proporcionando denominación, objetivos, colectivos destinatarios, calendario, medios pedagógicos y balance del ejercicio anterior. La RLT dispone de 15 días hábiles para pronunciarse
- Realizar la formación dentro del año natural (1 de enero - 31 de diciembre)
- Justificar la formación correctamente (asistencia, finalización, contenidos impartidos)
- Conservar la documentación justificativa durante un período mínimo de 4 años (reforzado por el Real Decreto 1189/2025)
El proceso paso a paso
FUNDAE estructura la bonificación en 8 pasos. A continuación se resume el proceso de forma práctica.
Paso 1: comprueba tu crédito disponible (enero)
Accede a la aplicación telemática de FUNDAE con certificado digital de empresa y consulta tu crédito formativo para el ejercicio en curso.
Necesitarás:
- Certificado digital de persona jurídica o usuario/contraseña autorizado
- Verificar que la empresa está al corriente de pagos con Seguridad Social y Agencia Tributaria
Paso 2: planifica la formación (enero-febrero)
Antes de iniciar cualquier acción formativa:
- Define las necesidades de formación y los colectivos destinatarios
- Calcula las horas de formación y el número de participantes
- Verifica que el crédito disponible cubre el coste previsto
- Comunica el plan formativo a la Representación Legal de los Trabajadores
Recomendación: Planificar en el primer trimestre permite corregir cualquier incidencia antes de que se acumulen las gestiones de final de año.
Paso 3: alta de la acción formativa en FUNDAE
Antes de comunicar el inicio, es necesario dar de alta la acción formativa en la aplicación de FUNDAE, indicando:
- Modalidad (presencial, teleformación o mixta)
- Duración en horas
- Objetivos y contenidos
- Centro o plataforma de impartición
Paso 4: comunicación de inicio (obligatoria)
Con al menos 2 días naturales de antelación al inicio de la formación, se debe comunicar a FUNDAE el inicio del grupo formativo, incluyendo:
- Datos de la empresa
- Identificación del grupo formativo
- Número de participantes
- Fechas de inicio y fin previstas
- Horario y lugar de impartición
Esta comunicación es obligatoria. Si no se realiza en plazo, la formación no podrá bonificarse. Las modificaciones posteriores (cambio de fecha, ubicación u horario) requieren al menos 1 día natural de antelación.
Paso 5: ejecución de la formación
Durante la impartición:
- Controlar la asistencia de forma fehaciente (firmas presenciales, registros de conexión en teleformación)
- Registrar qué participantes completan la formación y cuáles no
- Conservar toda la documentación acreditativa (facturas, contratos, materiales, registros de asistencia)
Paso 6: justificación y cierre
Al finalizar la acción formativa:
- Comunicar la finalización del grupo en la aplicación de FUNDAE
- Porcentaje de asistencia mínimo exigido: 75% (verificar condiciones específicas de cada convocatoria)
- Asegurar que toda la documentación justificativa está completa
- Conservar la documentación durante 4 años desde la fecha de cierre del ejercicio (requisito reforzado por el Real Decreto 1189/2025, que puede derivar en actas de liquidación e intereses de demora en caso de incumplimiento)
Paso 7: aplicación de la bonificación
La empresa aplica la bonificación directamente en los boletines de cotización a la Seguridad Social (fichero FAN/CRA). La bonificación se descuenta de las cuotas de la Seguridad Social del mes siguiente a la finalización de la formación. Es imprescindible aplicarla antes de presentar la liquidación de cotizaciones de diciembre del ejercicio en curso.
Paso 8: posibles comprobaciones
FUNDAE y la Inspección de Trabajo pueden realizar comprobaciones y auditorías durante los 4 años posteriores. Mantener la documentación organizada y accesible es fundamental para responder a cualquier requerimiento.
Los errores más comunes (y cómo evitarlos)
Error 1: no comunicar a tiempo
Error: Iniciar la formación sin haber comunicado previamente el inicio del grupo en la aplicación de FUNDAE.
Consecuencia: La formación se considera no realizada a efectos de bonificación. La empresa pierde el derecho a bonificarse por esa acción formativa.
Solución: Comunicar siempre con un mínimo de 2 días naturales de antelación al inicio de la formación. Es recomendable hacerlo con mayor margen para evitar incidencias de última hora.
Error 2: no controlar la asistencia
Error: No disponer de un sistema de control de asistencia fehaciente.
Consecuencia: Si un participante no alcanza el 75% de asistencia exigido, la empresa no puede bonificarse por ese participante. Además, en una auditoría, la ausencia de registros de asistencia puede invalidar toda la bonificación.
Solución: Implementar un sistema de control de asistencia real: firmas en hojas de asistencia para formación presencial, registros de conexión y actividad para teleformación. Las plataformas LMS con trazabilidad completa facilitan este cumplimiento.
Error 3: dejarlo para final de año
Error: Posponer la formación hasta el último trimestre del año.
Consecuencia: Cualquier incidencia administrativa (errores en la comunicación, documentación incompleta, problemas con la plataforma de FUNDAE) no tiene margen de corrección. El crédito no consumido antes del 31 de diciembre se pierde.
Solución: Planificar en el primer trimestre y ejecutar la formación entre el segundo y tercer trimestre. Reservar el cuarto trimestre exclusivamente para cierres y justificaciones.
Error 4: no verificar el crédito
Error: Asumir que la empresa dispone de crédito suficiente sin consultarlo en la aplicación de FUNDAE.
Consecuencia: Se ejecuta la formación y posteriormente se descubre que no hay crédito disponible, asumiendo la empresa el coste íntegro.
Solución: Consultar el crédito disponible en el portal de FUNDAE a principios de año, antes de comprometerse con ninguna acción formativa.
Error 5: elegir formación no bonificable
Error: Asumir que cualquier tipo de formación es bonificable.
Requisitos de formación bonificable:
- Estar orientada a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la actividad de la empresa
- Tener contenidos coherentes con las necesidades formativas detectadas
- Impartirse con los controles de calidad y seguimiento exigidos por FUNDAE
- No trasladar el coste a los trabajadores participantes
Solución: Contar con una entidad organizadora o gestor especializado que tramite el proceso administrativo y con una plataforma que aporte las evidencias técnicas necesarias. La bonificación depende de que se cumplan todos los requisitos aplicables.
Formación no bonificable: aspectos clave
NO es bonificable:
- Formación que constituye un requisito legal obligatorio para el desempeño del puesto (por ejemplo, prevención de riesgos laborales obligatoria)
- Formación sin relación con la actividad profesional del trabajador o de la empresa
- Formación impartida por empresas que no están al corriente de pagos con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria
- Formación que no cumple los requisitos de comunicación previa y justificación
SÍ es bonificable:
- Formación técnica para la mejora de competencias profesionales (programación, ingeniería de datos, inteligencia artificial, etc.)
- Habilidades digitales y tecnológicas con justificación profesional
- Idiomas, siempre que exista una vinculación clara con la actividad profesional
- Formación en liderazgo, gestión de equipos y habilidades directivas
- Formación en normativa y compliance (siempre que no sea el requisito legal mínimo obligatorio)
- Certificaciones profesionales y técnicas
Cómo maximizar el crédito en 2026
Estrategia 1: agrupar la formación en itinerarios
En lugar de gestionar múltiples acciones formativas aisladas, diseñar itinerarios o rutas de formación más amplias. Reduce la carga administrativa, demuestra continuidad en el plan formativo y optimiza el uso del crédito.
Estrategia 2: involucrar a toda la plantilla
El crédito formativo que no se consume dentro del ejercicio se pierde. Ampliar la formación al mayor número posible de trabajadores maximiza el retorno de las cuotas que la empresa ya está pagando.
Nota para empresas de 1 a 49 trabajadores: Estas empresas pueden comunicar a FUNDAE antes de junio su intención de acumular el crédito no utilizado del ejercicio anterior. Es una opción poco conocida que permite disponer de un crédito mayor.
Estrategia 3: coordinar la gestión con una entidad organizadora
Si la empresa no dispone de un departamento de formación con experiencia en la gestión FUNDAE, contar con una entidad organizadora o gestor especializado permite:
- Gestionar la comunicación previa y toda la tramitación administrativa
- Acceder a formación diseñada para aportar evidencias técnicas
- Delegar la justificación documental y el seguimiento
- Disponer de una plataforma con trazabilidad completa para teleformación
Coste de la entidad organizadora: FUNDAE establece unos límites máximos para los costes de organización: el 10% del coste total de la formación (20% para empresas de 1 a 5 trabajadores, y 15% para empresas de 6 a 9 trabajadores). Estos costes son bonificables dentro del crédito.
Estrategia 4: apostar por certificaciones y formación técnica
Las certificaciones profesionales y técnicas (ingeniería de software, inteligencia artificial, cloud, ciberseguridad, etc.) pueden encajar en formación bonificable cuando se vinculan a la actividad de la empresa y cumplen los requisitos aplicables.
Estrategia 5: cubrir la cofinanciación con costes salariales
Si la formación se realiza dentro de la jornada laboral, el coste salarial de las horas dedicadas por los trabajadores cuenta como cofinanciación privada. Esto permite cumplir el requisito de cofinanciación sin desembolso adicional.
Preguntas frecuentes
¿Puedo bonificar todo el coste de la formación?
No necesariamente. El importe máximo bonificable por cada acción formativa es el menor de estos tres valores:
- El crédito de formación disponible de la empresa
- El coste real de la formación (costes directos, indirectos y de organización)
- El límite del módulo económico establecido por FUNDAE según la modalidad, el número de participantes y las horas
Además, las empresas con más de 5 trabajadores deben cumplir con el porcentaje de cofinanciación privada correspondiente a su tramo de plantilla.
¿Qué pasa si no uso mi crédito?
Se pierde. El crédito no se acumula de un ejercicio a otro. Si la empresa no lo consume en 2026, en 2027 dispondrá de un nuevo crédito calculado sobre las cotizaciones de 2026, pero no podrá recuperar el crédito no utilizado del año anterior.
Excepción: Las empresas de 1 a 49 trabajadores pueden comunicar a FUNDAE, antes de junio, su intención de acumular el crédito no consumido del ejercicio previo.
¿Puedo bonificar formación online (teleformación)?
Sí, la teleformación puede ser bonificable siempre que la plataforma de impartición disponga de los mecanismos de trazabilidad exigidos por FUNDAE: registro de conexiones, controles de aprendizaje, sistema de tutorías y evaluación.
La formación impartida mediante aula virtual (videoconferencia en directo con interacción bidireccional y sincronizada) se considera equivalente a la modalidad presencial a efectos de bonificación.
¿Qué pasa si un trabajador causa baja durante la formación?
La formación realizada hasta la fecha de baja puede bonificarse siempre que el trabajador haya asistido al menos al 75% de las horas impartidas hasta ese momento.
¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación?
La documentación justificativa de la formación bonificada debe conservarse durante un período mínimo de 4 años desde la fecha de cierre del ejercicio. El Real Decreto 1189/2025, vigente en 2026, refuerza las exigencias documentales y puede derivar en actas de liquidación e intereses de demora en caso de incumplimiento.
Calendario recomendado para 2026
| Período | Acción |
|---|---|
| Enero | Consultar crédito disponible en el portal de FUNDAE. Verificar que la empresa está al corriente de pagos |
| Enero - Febrero | Detectar necesidades formativas. Planificar las acciones del año. Informar a la Representación Legal de los Trabajadores |
| Febrero - Marzo | Contratar entidad organizadora si procede. Dar de alta las acciones formativas en la aplicación de FUNDAE |
| Marzo - Octubre | Ejecutar la formación (comunicando el inicio de cada grupo con al menos 2 días naturales de antelación). Controlar asistencia y documentar |
| Noviembre | Cerrar las últimas acciones formativas. Revisar que toda la documentación justificativa está completa |
| Diciembre | Aplicar las bonificaciones pendientes antes de la liquidación de cotizaciones de diciembre. Fecha límite absoluta: 31 de diciembre de 2026 |
| Enero 2027 | Verificar que las bonificaciones se han aplicado correctamente en las liquidaciones de cotizaciones |
| Antes de junio 2027 | Empresas de 1 a 49 trabajadores: comunicar a FUNDAE si se desea acumular crédito no consumido de 2026 |
Conclusión
La formación bonificada a través de FUNDAE es un mecanismo de financiación que permite a las empresas españolas reducir el coste de invertir en el desarrollo profesional de sus equipos. No aprovechar el crédito formativo equivale a perder un recurso que la empresa ya ha pagado a través de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
Los requisitos fundamentales son claros:
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
- Comunicar el inicio de la formación con al menos 2 días naturales de antelación
- Controlar la asistencia de forma fehaciente
- Justificar correctamente y conservar la documentación 4 años
Si la empresa no dispone de capacidad interna para gestionar el proceso, contar con una entidad organizadora o gestor especializado suele ser la opción más ordenada. El coste de organización puede estar incluido dentro del crédito bonificable según los límites aplicables.
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Para consultas específicas sobre normativa, plazos y crédito disponible, se recomienda acudir siempre a las fuentes oficiales: FUNDAE y la sección de empresas de FUNDAE.
Última actualización: marzo 2026. La información de esta guía se basa en la normativa vigente y en los datos publicados por FUNDAE. Los porcentajes de bonificación y condiciones pueden variar en función de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.